Aplicación de tasa pasiva de interés por resultar más conveniente el cálculo a favor del actor

25.09.2024

"… corresponde acceder a la petición formulada por la parte actora, estableciendo que sobre el capital condenado se adicionarán los intereses de la tasa pasiva que publica el Banco de la Nación Argentina, calculados desde la fecha del siniestro (23/03/2014) y hasta su efectivo pago. Ello así toda vez que esta solución contempla la aplicación de una de las tasas de interés fijadas "según las reglamentaciones del Banco Central" (art. 768, inc. c) del CCCN), por lo que resulta ajustada a derecho y es concordante con el criterio sustentado por nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación… "